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¿Qué conlleva una elección de ministros de la SCJN por consulta popular?

¿Por qué preocupa la reforma judicial que Morena quiere aprobar?


A nivel internacional se reconocen cuatro vías para acceder a un puesto en las altas cortes del sistema judicial: ser nombrado por un poder del Estado, participar en un concurso, ser electo por el pueblo o participar en una elección política.


En México


Actualmente La SCJN está conformada por 11 ministros. La Constitución de México establece que el Presidente forma una terna de candidatos que se someten a la consideración de la Cámara de Senadores. Cada uno de los aspirantes comparece ante el Senado y se elige al designado por voto de dos terceras partes de sus miembros. Si el Senado no elige en 30 días, el Presidente designa al ministro. Si el Senado rechaza la terna propuesta por el Presidente, éste realiza otra terna. Si la segunda terna es rechazada, el presidente designa directamente al nuevo ministro de la SCJN.


Los ministros de la SCJN mexicana duran quince años en el cargo desde las reformas al proceso en 1994, por eso se estableció un sistema de sustitución escalonada.


Lo que se está proponiendo


El presidente Andrés Manuel López Obrador expuso su postura a favor acerca de realizar una consulta popular para definir si los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deben ser elegidos por el voto de los ciudadanos.


Esta propuesta surgió después de que la SCJN invalidase varias reformas legales impulsadas por López Obrador debido a que eran inconstitucionales.


La cuestión principal es quién y cómo se van a elegir a los candidatos. 

El jefe del Ejecutivo señaló que la pregunta en la consulta sería la siguiente: ¿Quieres que se elijan a los jueces, a los magistrados, a los ministros de la Corte que forman parte del Poder Judicial, sí o no? y se llevaría a cabo en agosto.



Por su parte Claudia Sheinbaum, la presidenta electa, propuso un plan de 6 ejes para reformar El Poder Judicial al completo. 

“Contamos con un poder judicial caro, mal administrado y con una burocracia amplia. Un poder judicial independiente no puede significar uno caprichoso y arbitrario. Por el contrario, debe regirse por la rendición de cuentas y la justificación pública de su gasto. El diseño y la estructura de los órganos administrativos y disciplinarios del Poder Judicial no garantizan su autonomía, independencia y especialidad técnica”, puntualizó.

Uno de los cambios más relevantes incluye la Elección democrática de los ministros de la SCJN:


“Que las y los ministros de la SCJN, las magistradas y los magistrados de Circuito, las juezas y los jueces de Distrito y las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial sean elegidos de manera directa y secreta por la ciudadanía”.


Aunque lo más preocupante de la reforma judicial es la elección de jueces y magistrados de distrito y de circuito... ¿Acaso está tomando en consideración el Ejecutivo que existen 919 órganos jurisdiccionales en el país? Tendrá que proponer cerca de 3000 aspirantes a jueces y magistrados...


Bolivia


Bolivia es el único país del mundo donde se eligen los Ministros de la Suprema Corte mediante una consulta (voto) popular. En otros países como Colombia, Estados Unidos, Francia, Suiza, Perú o Venezuela se eligen a algunas autoridades judiciales locales o municipales mediante votación popular pero no a sus más altas cortes. En Japón la designación de jueces de la Corte Suprema es ratificada o rechazada mediante el voto.


Desde 2009 El proceso de preselección es llevado a cabo, en primer término, por comisiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Este proceso incluye evaluar los méritos de cada aspirante y realizar entrevistas públicas.


Después de la primera etapa, las comisiones envían a esta Asamblea Legislativa el grupo de aspirantes que a su parecer reúne los requisitos exigidos por la legislación para ser electos. Posteriormente, el Pleno de la Asamblea, mediante una mayoría de dos terceras partes elige a las personas aspirantes que serán sometidas al voto popular.

Un dato para tener en cuenta es que la Constitución de Bolivia prohíbe a las personas aspirantes hacer campaña política; solamente el Órgano Electoral puede difundir información de las personas aspirantes.


Los tribunales de justicia de Bolivia se integran por elección popular desde la reforma propuesta por Evo Morales en 2011.
En ninguna de las dos ocasiones donde se llevaron a cabo dichas consultas,  2011 o 2017 - los resultados  fueron satisfactorios. 

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